Hacienda usará información en tiempo real para agilizar el cobro y el pago del IVA

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Las empresas deberán remitir a la AEAT el detalle de registro de las facturas, de forma que el 'libro registro' se cumplimentará a través de internet. Tendrán hasta 2017 para introducir los cambios.

La Agencia Tributaria pondrá en marcha el 1 de enero de 2017 un nuevo sistema de gestión del IVA para  grandes empresas y profesionales, basado en información en tiempo real, para agilizar las devoluciones, proporcionar al contribuyente los datos fiscales para su declaración y mejorar el control tributario. Se trata de una adecuación del trámite a las nuevas tecnologías que sólo será obligatorio para las grandes empresas, grupos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual, mientras que para el resto será voluntario.

El 'libro registro' se cumplimentará a través de internet.

El colectivo obligado a acogerse al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA en España. El SII no estará en vigor hasta 2017 para dar margen suficiente a la administración y a las empresas para adaptarse e introducir los cambios normativos necesarios.

Las empresas deberán remitir a la AEAT el detalle de registro de las facturas (no las facturas en sí mismas), de forma que el 'libro registro' que hasta ahora se lleva en las empresas pasará a cumplimentarse a través de la página web de la agencia. Los contribuyentes adscritos al sistema dispondrán de un máximo de cuatro días para enviar la información desde el momento en que emitan o reciban una factura, en tanto que podrán consultar tanto la información remitida por ellos mismos como la introducida por sus proveedores.

El SII permitirá a la AEAT crear datos fiscales que podrá utilizar el contribuyente a la hora de presentar su declaración de IVA, siguiendo un esquema similar al tradicional en el IRPF.

Para que el contribuyente pueda verificar en detalle las operaciones que se le imputan se ampliará el plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas del día 20 al día 30 (el día 28 en febrero) del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual o trimestral. Además, los acogidos al nuevo sistema dejarán de presentar las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 347 (información de terceros), 340 (operaciones en libros registro) y 390 (resumen anual del IVA).

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