Barcelona empieza a entregar las ayudas del IBI a familias con rentas bajas - Hasta el 4 de Noviembre

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El plazo para solicitar las subvenciones empieza hoy y concluye el 4 de noviembre

El Ayuntamiento de Barcelona ha abierto este miércoles el plazo para que familias con rentas bajas pidan la ayuda para pagar parte del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), para lo que el consistorio cuenta con 3,5 millones de euros, cantidad que ha obtenido con la subida del impuesto al 2% de los propietarios, los de rentas más altas.

El ayuntamiento calcula que unas 20.000 familias podrán beneficiarse de los pagos, que cubrirán el 50% del IBI, hasta un máximo de 175 euros.

El primer teniente de alcalde, Gerardo Pisarello, ha anunciado el inicio del proceso de petición de las ayudas y ha subrayado que el periodo es muy corto y que no había forma de alargarlo. Por eso, ha dicho, se ha reforzado las oficinas de atención a los ciudadanos con 28 personas.

Oficinas de atención y página web

Las ayudas se pueden solicitar en las Oficines d'Atenció al Ciutadà (OAC) y en la página web ajuntament.barcelona.cat/ajutsIBI. Para intentar llegar al colectivo de beneficiarios potenciales, se ha previsto una campaña que llegará a centros sociales, 'casals' de tercera edad y en medios de comunicación.

Las ayudas están planteadas para personas y familias que no tienen acceso a otro tipo de exenciones y bonificaciones. Los destinatarios son, básicamente, familias con una o dos personas que reciban pensiones no contributivas, el subsidio del paro, la Renta Activa de Inserción, la RMI, o que hayan agotado todas las subvenciones.

Subvención del 50% del IBI

Este año se destinan 3,5 millones Este año se destinan de euros exclusivamente a la subvención del 50 % del pago del impuesto de bienes inmuebles (hasta un máximo de 175 euros) para hogares con pocos recursos económicos.

Requisitos para solicitar la subvención

  • Ser propietario o arrendatario de una vivienda de uso habitual en Barcelona. En el caso de los arrendatarios, hay que tener repercutido en el recibo del alquiler el impuesto de bienes inmuebles
  • El solicitante y los miembros de la unidad familiar han de estar empadronados en el domicilio por el que se pide subvención, como mínimo desde el 1 de enero de 2016.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento y el resto de administraciones.
  • Ni los solicitantes ni otras personas empadronadas en el mismo domicilio pueden disponer de otras propiedades e inmuebles, arrendados o no.
  • Esta subvención es incompatible con otras ayudas percibidas por el mismo concepto.
  • Los solicitantes, junto con las personas empadronadas en la vivienda, deben tener unos ingresos anuales brutos inferiores o iguales a los que se muestran en la tabla siguiente:

Miembros unidad familiar

 Ingresos brutos (€/año) unidad familiar
1 Hasta 9.561,31 €
2 Hasta 11.951,63 €
3 Hasta 14.939,54 €
4 Hasta 18.674,42 €
5 o més Hasta 23.343,03 €
Uno de los miembros de la familia tiene un grado de discapacidad superior al 33 % Se aplica el tramo inmediatamente superior al que está previsto en esta tabla

Noticia ElPeriódico